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Brasileño con Orden de Expulsión Español
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Brasileño con orden de expulsión y proceso penal obtiene el NIE

Brasileño con orden de expulsión y proceso penal obtiene el NIE En la tramitación de un Recurso Contencioso Administrativo contra una Resolución dictada por la Delegación de Gobierno que negaba el arraigo familiar a nuestro cliente, obtuvimos una sentencia que reconoció este derecho. La tramitación de permisos de residencia y trabajo por arraigo familiar es posible cuando el solicitante tiene un hijo menor de edad con nacionalidad española o es hijo de nacional español. Cada tipo de arraigo requiere el cumplimiento de ciertos requisitos. En nuestro caso concreto, el hijo de nuestro cliente es español y menor de edad. El padre tiene una orden de expulsión pendiente de ejecutar y está involucrado en una causa penal por un accidente de tránsito que aún no ha sido confirmado. La Administración entiende que dadas las circunstancias antes mencionadas, al padre no se le debe reconocer este derecho. Basamos nuestra reclamación en el derecho del menor a vivir con su padre en suelo español y que un proceso penal abierto sin sentencia firme y orden de expulsión no son motivos suficientes para negar este derecho. El Juez de Primera Instancia acogió nuestros argumentos, aunque el parecer del “Abogado del Estado” fue contrario a nuestra solicitud, al defender las tesis de la Administración Pública, resolviendo lo siguiente: ” FALLO: 1.º- ESTIMAR el recurso presentado por don Natanael Vaz de Oliveira contra la resolución de 5 de julio de 2016 de la Delegación del Gobierno en Madrid, que se anula por no ser conforme a Derecho, reconociendo el derecho del actor a la obtención del permiso solicitado. 2°.- Imponer las costas del recurso a la Administración demanda con el límite establecido en el fundamento tercero de esta resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de APELACIÓN en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, advirtiendo que deberá constituir depósito de 50 euros.” Aún con esta sentencia positiva, habrá que esperar para saber si la Administración recurrirá o no la decisión. Sentencia estimatoria de primera instancia de arraigo familiar

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Ejecución de pensión compensatoria Este auto de ejecución fue una gran victoria, ya que la clienta llevaba más de 10 años separada legalmente y su marido nunca le pagó ni la pensión alimenticia ni la pensión compensatoria a la que tenía derecho. Estos derechos adquiridos surgieron de un acuerdo que el marido firmó voluntariamente el día de la audiencia de separación legal. Entiendo que usted quiso terminar el proceso legal de manera amistosa, con la intención de no cumplir lo acordado. En los años siguientes, la cliente intentó ejecutar la sentencia en varias ocasiones, pero ninguno de los abogados que tuvo lo logró. Pasó años manteniendo sola a sus hijos menores sin poder contar con el apoyo de su marido. Llegó a mi oficina por casualidad, pues su marido le pidió el divorcio y tuvo que responder a la demanda. En la demanda de divorcio presentada no se mencionaba la pensión compensatoria que ella podría seguir reclamando. Luego de entrevistar a la clienta para contarme más información sobre el caso, me di cuenta de la oportunidad que su esposo le había brindado con esa demanda: utilizar toda la información que él había brindado en la demanda de divorcio para iniciar un nuevo proceso de ejecución de la sentencia que aprobó. el acuerdo entre las partes, permitiendo al marido reclamar los últimos 5 años de pensión compensatoria que nunca fueron pagados. Tuvimos éxito desde que lo ubicamos, sabíamos el valor de la pensión que recibía y el salario que ganaba por el trabajo de dos horas que desempeñaba. Tuvimos que insistir ante el juez que esa señora tenía derecho a recibir los 19.840,48 euros que su marido le había negado y que se debían aplicar las mismas reglas que al incumplimiento del pago de la pensión alimenticia, es decir, un embargo medio de El 50 por ciento del total de los salarios percibidos por el deudor. Actualmente, nuestra clienta satisfecha recibe desde hace más de dos años 400 euros mensuales, que provienen directamente de la pensión de su exmarido, algo que nunca soñó en su vida. A continuación dejo el documento judicial completo que reconoció el derecho reclamado.

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